sábado, 23 de abril de 2016

La propiedad y sus derechos



Lugar: Centro Cultural Fresa y Chocolate





Fecha:


31 - Marzo 2016








Foto: Karel Pérez Alejo/Temas.


Cuando llegué, la habanera Sala Fresa y Chocolate, del Instituto Cubano del Arte e Industria Cinematográficos, estaba repleta. Frente al público se desplegaba un panel compuesto por la abogada Lía Rodríguez, quien durante años fue asesora jurídica en el ICAIC; Ernel González Mastrapa, profesor de Sociología de la Universidad de La Habana, reconocido investigador sobre problemáticas rurales en Cuba; Ileana Díaz, profesora del Centro de Estudios de la Economía Cubana;  y Jesús García Brigos, del Instituto de Filosofía, uno de los autores del libro Cuba: propiedad social y construcción socialista.


“La cuestión de la propiedad no compete solo a los juristas, a la ley, pues refleja las relaciones sociales. Eso es lo que tratamos de colocar aquí en el centro del debate”. Así introdujo la sesión Rafael Hernández, director de Temas y moderador habitual de estos encuentros mensuales. Y aseveró que la profesionalidad de los disertantes constituía garantía de un conversatorio fructífero, a pesar de la lamentable ausencia de un grupo de instituciones invitadas, las cuales “por diversos motivos no han podido venir”: el Ministerio de Justicia, la Dirección Jurídica del Ministerio de la Agricultura, la Asociación Nacional de Agricultores Pequeños, el Centro de Derecho de Autor y la Facultad de Derecho de la Universidad de La Habana.


De manera bien concreta presentó Lía Rodríguez la esencia y el significado de los derechos de propiedad, según aparecen en el Código Civil cubano. Tal derecho “es el más completo, exclusivo y excluyente que se puede tener sobre un bien de cualquier naturaleza, ya sea material o inmaterial; esa sería la definición jurídica. Implica que el titular del bien posee tres facultades fundamentales: el uso exclusivo; el disfrute, el cual incluye el derecho a gozar de todos los frutos producidos por ese bien; y la disposición, o sea, la potestad de decidir su enajenación, su destrucción o su trasmisión, dentro de los límites que la ley establezca”.


Sobre las especificidades inherentes a las relaciones agrarias manifestó Ernel González Mastrapa: “La propiedad de la tierra tiene en sí misma una contradicción, porque la tierra es bien público, un recurso natural. Por lo tanto, estamos apropiándonos de algo no construido por el trabajo humano”. Ese proceso de apropiación por determinado grupo de personas va a ser avalado por el poder. A la par, ocurre “una distinción muy importante entre propiedad y tenencia; la segunda significa el uso tradicional del recurso, sin adentrarse en los orígenes de este. Como es lógico, detrás hay un soporte jurídico y político que establece quién es el dueño, los arrendatarios, los precaristas, o si son tierras del Estado o de alguna comunidad ancestral”. Durante el capitalismo evolucionaron otras formas de propiedad y “en estos momentos son muy sofisticadas”; entre ellas se encuentran la industrial, la intelectual y las vinculadas con el mundo de las finanzas.


Voy a referirme a la separación entre el propietario y quien gestiona la propiedad, una práctica que viene desde el capitalismo. Cuando hay tal separación, el primero delega en el gestor la autoridad para tomar decisiones y asumir riesgos. Aquí comienzan problemas asociados al control que debe ejercer el propietario, en tanto sus objetivos y los del encargado de la gestión pueden no estar alineados; o haber asimetrías de información entre ambos, generalmente a favor del gestor. En el caso del socialismo, estamos hablando de una propiedad social (llamada también de todo el pueblo, o estatal), realizada a través del Estado”, discurrió Ileana Díaz e introdujo un elemento de suspense: “¿Quién entonces posee en realidad la propiedad de empresas y demás recursos?”.


Jesús García Brigos insistió en la importancia de concebir la propiedad como un sistema que incide en el vínculo individuo-sociedad-naturaleza, y no circunscribirla únicamente a leyes, resoluciones y modelos. Según su criterio, responder con absoluta claridad qué son y significan los derechos de propiedad precisa antes dilucidar otros aspectos, por ejemplo el concepto de derecho y sus implicaciones en las diversas formaciones sociales. Sin embargo, el corto tiempo asignado le obligó a un ejercicio de síntesis. “Esos derechos surgen en el sistema de propiedad privada” –el cual descansa en que una parte de la sociedad dispone sobre el resto y establece regulaciones para preservar ese tipo de relaciones sociales–, ellos “interpretan, refrendan, garantizan la esencia de dicho sistema: la posesión. No obstante, propiedad es mucho más que posesión”. Para apoyar su punto de vista, el orador citó a Carlos Marx: “La propiedad privada nos ha hecho  tan estúpidos y unilaterales que un objeto es solamente nuestro cuando lo tenemos, cuando él existe para nosotros como capital, o cuando es directamente poseído, comido, bebido, vestido, habitado, etcétera. Dicho brevemente, cuando es usado por nosotros”.


Las leyes sobre la propiedad “hay que verlas en su relación con la política, la economía, las estructuras sociales, las clases, los grupos, la familia; y constituyen reguladores de la actividad social, pero externos al individuo. Esto es fuente de alienación”, del divorcio de la persona respecto de los otros seres humanos, continuó el ponente. “Los derechos se han mantenido como expresión reduccionista de la propiedad como posesión, pero si la concebimos así, “¿cómo vamos a hablar de propiedad de todo el pueblo? Yo no poseo una termoeléctrica. Tenemos que entenderla de modo diferente”.



Foto: Karel Pérez Alejo/Temas.


En la Cuba de hoy


Un abanico de interrogantes, todas relacionadas con la actualidad nacional, abrió Rafael Hernández ante sus invitados. Entre otras: ¿Los derechos de propiedad vigentes en la Isla responden a nuestro desarrollo económico? ¿Cuáles limitaciones presentan? ¿Cómo los problemas en torno a la propiedad están dificultando el avance y la profundización del socialismo?


“Cuando se dictan, las normas jurídicas reconocen en Derecho lo que de hecho ha venido desarrollándose en la vida de manera mediata”. Empero, las leyes cubanas “están un poco desfasadas. Hablamos de un país que actualiza su modelo económico y sus relaciones sociales; eso tendrá un impacto en la jurisprudencia y creo que una de las incidencias más directas será en relación con la propiedad”, estimó Lía Rodríguez.


Los derechos de propiedad se hallan limitados en casi todas las legislaciones del mundo, por un principio general de convivencia. Existen restricciones de paso hacia determinadas propiedades, otras impuestas por comunidades de vecinos o las juntas de propietarios de inmuebles, etcétera. En Cuba las limitaciones “se han ido matizando”. Hace unos años cambió lo dispuesto en torno a la transmisión de la vivienda, aunque subsiste la regla de un solo inmueble por cada propietario, excepto en el caso de uso y disfrute de edificaciones de playa o de campo; “es una limitación que tiene un carácter de equidad social o de voluntad política”.


Otras delimitaciones señaladas por la abogada fueron: la tierra es trasmisible a los herederos siempre que la trabajen. Solo están reconocidas la propiedad estatal y la cooperativa. La Constitución pauta la explotación de recursos naturales, su preservación ecológica y todo lo relacionado con la defensa del medio ambiente. Además, rigen normativas en las relaciones monetario-mercantiles y  bancarias. “Todas ellas inciden en poder efectuar o no determinados actos de disposición sobre el derecho de propiedad de bienes”. En cuanto a la propiedad intelectual, “no es de las más limitadas”. Ahora bien, la Ley de Derecho de Autor (promulgada en 1977) y la Ley de Propiedad Industrial para marcas, patentes y otros símbolos distintivos, necesitan ser actualizadas; ya no se ajustan a la realidad del país.


Especificó la panelista que persisten limitaciones a “la participación real en la propiedad colectiva. El Código Civil reconoce la propiedad estatal socialista de todo el pueblo sobre la tierra, los recursos naturales o vivos, las fábricas… Pero no todos poseemos, dirigimos la empresa de modo individual. Esa facultad está delegada de múltiples maneras”.


Para González Mastrapa, “el debate más profundo, complejo y no resuelto que se da sobre la propiedad  y el derecho radica en la cuestión agraria”. La Primera Ley de Reforma Agraria transformó en dueños a quienes trabajaban terrenos de otros (arrendatarios), excepto a los obreros agrícolas. Después de la Segunda Ley, “más de 70% de las tierras pasa al Estado, que se convierte en el gran propietario, en nombre de toda la sociedad cubana. Se crean empresas estatales, más adelante llamadas socialistas. Ahí comienza uno de los grandes problemas: quien labora en ellas asume el papel de asalariado, no tiene control ni derechos sobre la propiedad desde el punto de vista de cómo se conduce la entidad. Aquí hay una contradicción”. Durante algún tiempo se ensayaron variantes para lograr que los obreros intervinieran activamente en la toma de decisiones en la empresa, pero no prosperaron. “Se mantuvo la dicotomía entre la forma de propiedad y el modo de explotación de la tierra y de participación del trabajador, quien no logra adoptar un papel adecuado”.



Foto: Karel Pérez Alejo/Temas.


Al llegar los años 90, “se produce la crisis y hay un reordenamiento. Comienza a vislumbrarse una estructura agraria donde el cooperativismo tenga un papel central. El proceso empieza con el surgimiento de las UBPC”, cuyos integrantes reciben la tierra en usufructo. “Sin embargo, la verticalidad de nuestro sistema productivo y la tendencia histórica a la centralización, hacen que se mantenga la empresa, la cual ya casi no produce, da servicios solamente, pero decide todo sobre la cooperativa”. Fue necesario el paso de dos décadas para que “a las UBPC y al resto de las formas de organización y producción en la agricultura no estatales se les otorgara el nivel de autonomía que requieren”. Aun así,  el camino no ha quedado expedito.


El proceso de desestatización iniciado necesita de “una readecuación de las formas y los derechos de propiedad”, sostuvo el analista. No se trata de privatizar la tierra –“numerosas naciones no enajenan sus recursos naturales, los conceden para un tiempo de explotación determinado y después renegocian ese permiso”–, sino de desterrar la visión verticalista y resolver “el problema de fondo: garantizar un nivel de igualdad para todos los actores presentes en la agricultura. Por supuesto, ellos deben responder a determinado plan, o metas, pero no es posible que tengan condiciones desiguales en cuanto a sus derechos”. Y en el plano de la estructura productiva en general, no solo en la actividad agropecuaria, si la actualización del modelo implica que los actores económicos van a desempeñar papeles muy diversos, hay que viabilizar ese desempeño y “buscar soluciones desde el punto de vista jurídico”.


Ileana Díaz retomó su disertación justo en el punto donde la había dejado. “Me pregunto quién actúa por el Estado como propietario, cuando hablamos de empresas estatales. El ministerio no debe responder a la vez por funciones estatales y funciones productivas; y  supuestamente estamos en camino de separarlas. ¿Debiera ser la Junta de Gobierno?, tal vez. Pero ella está conformada por funcionarios de los ministerios globales, de los ministerios sectoriales, de las OSDE, y no aparece ninguna representación de los trabajadores ni siquiera del Sindicato. La regla del juego no queda clara. ¿Hasta dónde llega el Estado como dueño? No aparece escrito en ningún lugar; la Resolución 281 y la modificativa posterior aunque estipulan lo que tiene que hacer la empresa estatal, nada explica acerca del nexo con el propietario”.


Regidas por planes que han concebido instancias superiores, en extremo detallados y de obligatorio cumplimiento, las empresas estatales –las cuales generan 80% del PIB– carecen de autonomía. Supuestamente quienes trabajan en ellas, ya sean obreros o dirigentes, forman parte de los propietarios. En realidad, otros deciden su gestión, los aspectos legales, la distribución de las utilidades. Un elemento que agrava esta problemática es el control, prosiguió la economista. Lo ejerce “todo el mundo, el ministerio, la Contraloría General de la República, la OSDE, etcétera. De ese modo no dejan trabajar a las empresas y no pueden darse en buena ley las relaciones sociales de producción, recordemos que las relaciones de propiedad son la parte más importante de ellas”.



Foto: Karel Pérez Alejo/Temas.


Con una alerta inició sus reflexiones García Brigos: la pequeña propiedad privada surgida en la Isla no constituye el factor primordial del progreso económico cubano, pero “mal introducida puede generar tendencias opuestas al sentido socialista de desarrollo”. Se han expuesto contradicciones que es necesario resolver, añadió. Marx y Lenin insistían en atender en primera instancia los problemas generales. Debemos seguir ese criterio, de lo contrario no habrá coherencia ni en nuestro conjunto de regulaciones ni en el vínculo entre los derechos de propiedad, el proceso de dirección del país y la política. “Si sacamos leyes, sin tomar en cuenta las interacciones de la sociedad como sistema, vamos a estar siempre entrampados”.


En opinión del investigador, a pesar de decirse a menudo que la propiedad también es un sistema, “no se trata como tal, se ve la política por un lado y la economía por otro”. Le parece una equivocación escindir, como se está haciendo en la Isla, gestión y propiedad; “las dos cosas son inseparables”. Asimismo, no se ha deliberado todo lo necesario acerca de qué significa el concepto de propiedad social socialista. Simplemente la hemos identificado con propiedad estatal, cuando lo más adecuado es entenderla como una vía “para trascender un orden del capital. Trascenderlo no se reduce a destruir el capitalismo, expropiar a los explotadores, ni otras soluciones parciales”. Una limitante del actual proceso de cambios es que todavía “no hay una visión consensuada de qué entendemos por propiedad y sobre todo a dónde queremos llegar”. Urge definir las concepciones que de forma general están sustentando las transformaciones del modelo cubano.


Antes de entregar el micrófono al público, el director de Temas propuso deliberar sobre tres aspectos: ¿En Cuba, cómo se relaciona la propiedad con el poder? ¿Es o no la propiedad una mercancía; solo puedo considerar mío lo que puedo vender o comprar? Por último: al parecer la sociedad carece de iniciativa para autogenerar acciones y de organizarse por sí misma en relación con la propiedad.



Foto: Karel Pérez Alejo/Temas.


Diálogo sin cortapisas


Preguntas repetidas, de diversas maneras, por parte de quienes hablaron desde el auditorio fueron  ¿quién es el dueño, el Estado o el pueblo? ¿Cómo creer que somos dueños de algo sobre lo cual no se nos rinde cuenta, mientras los administradores actúan como propietarios?


Entre los criterios aplaudidos por los espectadores estuvieron los de un señor de avanzada edad, parsimonioso, pero muy lúcido. Durante más de cincuenta años la población cubana ha dependido de funcionarios omnipotentes. Se ha instaurado una división entre propietarios activos (los que de verdad deciden) y propietarios pasivos (solo son dueños nominalmente). Es preciso establecer un vínculo real entre cada ciudadano y la propiedad estatal. Está en juego la sobrevivencia de la Revolución, dijo.


 Asistentes habituales a Último Jueves afirmaron: en la empresa estatal se mantiene, igual que en el capitalismo, el trabajo asalariado, enajenado. Es necesario no solo la participación de los colectivos de trabajadores en la dirección de las empresas, sino el control ciudadano sobre la economía nacional y los funcionarios que la trazan y dirigen. La viabilidad de la empresa estatal socialista representa la viabilidad del socialismo. El modo en que se relacionan el sistema político y los problemas inherentes a la propiedad resulta fundamental. Este tema, unido a la conceptualización del término socialismo y a las transformaciones que se implantarán durante Cuba los años venideros, demanda una discusión democrática de todo el pueblo cubano.


La concurrencia aludió a que en el país coexisten distintas relaciones sociales de producción, e irán expandiéndose; apremia redefinir el marco legal dentro del cual deben actuar. Casi 30% de la fuerza laboral pertenece al sector no estatal. Y sí tenemos propiedad capitalista, el trabajo por cuenta propia ya pasó al nivel de pequeña y mediana empresa y hasta despuntan grandes entidades. Sin embargo, no sabemos bien cómo aprovechar esa opción.


“Debemos abrir espacio a la propiedad privada, pero al mismo tiempo distinguir entre la propiedad social y la gestión estatal de esa propiedad. El Estado no es el dueño, solo un usufructuario de nuestros bienes. En mi opinión, caben todas las formas de propiedad, siempre que ese sistema esté subordinado a la comunidad”, sentenció otro sujeto.


Un joven preguntó cuáles son los parámetros para poder registrar la propiedad intelectual. Otro resaltó un contrasentido: quién garantiza los derechos de autor, admitidos por ley, cuando el propio aparato estatal reconoce entre los cuentapropistas una figura que se encarga de reproducir y vender productos audiovisuales; es decir, sin autorización del artista disponer de lo creado.



Foto: Karel Pérez Alejo/Temas.


Catorce personas habían hablado, tocaba al panel responder, comentar; en escasos minutos “pellizcar” la mayor cantidad posible de asuntos.


“El derecho es la voluntad de la clase dominante erigida en ley, por lo tanto las normas jurídicas se construyen según la cosmovisión política y la ideología de la clase que llega al poder, ya sea en el capitalismo o en el socialismo.


“Tenemos que revisar y actualizar las formas de propiedad: personal, estatal, cooperativa –en torno a ellas persisten grandes lagunas y problemas–, incluso para salir de ese eufemismo de los cuentapropistas; muchos viven, piensan, funcionan, contratan como una empresa, poseen decenas de empleados.


“Me parece un error total la creación de la categoría de cuentapropista que reproduzca y venda discos, u otra creación artística reconocida en la ley y protegida de manera particular”, expuso Lía Rodríguez.


En pequeña medida Ernel González Mastrapa contrapunteó con su predecesora. Aceptó que el mercado informal afecta la propiedad intelectual, pero agregó: “A nivel internacional se debate si democratizamos el uso de las nuevas creaciones, o las convertimos en propiedad privada que sea un nicho para determinados grupos sociales. El capitalismo ha hecho del derecho de autor un elemento clave de su forma de dominación, porque le permite controlar la tecnología”.


Las relaciones de poder “lo definen todo”, declaró a continuación. Siglos atrás se establecieron derechos de propiedad “porque algunas personas tenían poder y querían marcar la diferencia entre lo suyo y lo que todavía podía ser de otros”. Acerca de cómo debe ejercerse el control opinó: “Tenemos la tendencia histórica a sustituir el control ciudadano, popular, por el estatal, realizado mediante comisiones y auditorías que siempre actúan más bien con una mirada política del problema”. Si la actuación de instituciones como la Contraloría General de la República no va acompañada de un control social paralelo y con similar o mayor poder que los otros, no será eficaz, porque falta capacidad técnica para asumir esa tarea en todo el país; además, las entidades del Estado tienden a conciliar ciertos aspectos.


 “Sí hay una separación entre gestión y propiedad, en el capitalismo y en el socialismo”, discrepó Ileana Díaz con el autor deCuba: propiedad social y construcción socialista. Además, solicitó una institucionalización clara para cada una de las formas de propiedad, que permita interrelaciones entre ellas y el desarrollo sano de todas. Su propuesta incluyó aumentar la autonomía de las entidades estatales, dar espacio a sus empresarios, ya que dicha empresa, “como han dicho otros compañeros, tiene y tendrá un papel importante”.


Para cerrar, Jesús García Brigos redondeó algunas ideas de sus parlamentos anteriores, e incorporó dos afirmaciones que merecían una atención imposible de darles ya pasadas las seis de la tarde y, por consiguiente, concluido el tiempo permitido para el encuentro. La primera: ahora el quehacer de los sindicatos cubanos es más complicado, ya que deben actuar a tenor de las diferentes formas de propiedad. En segundo lugar: “No podemos perder de vista que la reproducción de las relaciones sociales en Cuba está ocurriendo en medio de un sistema de capital y con específicos vínculos con los Estados Unidos”; o sea, los nexos entre ambas naciones “también tienen que ver con el sistema de propiedad cubano”.


Tal vez el próximo Último Jueves –dedicado a La normalización con los Estados Unidos en la vida cubana– despeje algunas de las expectativas que, al menos en mí, despiertan esas frases.



Foto: Karel Pérez Alejo/Temas.



Foto: Karel Pérez Alejo/Temas.



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Foto: Karel Pérez Alejo/Temas.



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